" La humanidad es como es. No se trata de cambiarla, sino de conocerla". Gustavo Flaubert

sábado, 12 de abril de 2008

DIFICULTAD PROBATORIA

Este tipo de violencia tiene la característica diferencial sobre otro tipo de conductas agresivas: no deja rastro, ni señales externas, a no ser la del deterioro progresivo de la víctima que puede ser atribuido a otras causas como problemas de relación, incompetencia...Se trata pues de un crimen que no deja huella y por tanto que conlleva una gran dificultad probatoria.Esto se debe, en parte, a que suele llevarse a cabo en un marco de gran clandestinidad o cuanto menos, no suele acompañarse de publicidad, lo que no imposibilita encontrar pruebas directas.En la mayoría de los casos no existen testigos o si los hay, no se comprometen por miedo a las posibles represalias, no existiendo tampoco en la mayoría de los casos evidencias físicas, por lo que en la mayoría de los casos nos encontramos como única prueba con el testimonio de la víctima, lo que dota de especial relevancia su declaración.Es fácil probar que a alguien no se le da una ocupación efectiva, que no se le abona su salario o que de manera innecesaria se le ha aislado del resto de sus compañeros, lo que resulta bastante más complicado es acreditar que se le somete a un trato vejatorio, se le humilla o se le difama.Debido a ello, la estimación de suficiencia probatoria debe proyectarse sobre notas de verosimilitud objetiva y subjetiva.Siendo esto así, se llega a la conclusión de que la solución que el orden jurídico español ofrece a las víctimas de acoso es el abandono del trabajo.Cuando el acoso llega a la contienda judicial el problema, como ya se ha mencionado, es la prueba y el desmoronamiento físico del acosado ya que son procesos que afectan a la salud y la intervención de profesionales como psicólogos y médicos es ineludible, aunque su trabajo posteriormente deba ser ratificado por el juez.Es importante contar con informes de estos profesionales, ya que son parte importante importante de las pruebas que pueden permitir la relación causa-efecto entre el daño constatado y el agente productor del mismo.

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